Adecuación curricular
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Presentación
Los criterios de esta adecuación curricular se respaldan mediante las instrucciones dictadas desde la Superintendencia de Educación Superior (SES), a través de su circular complementaria a la emitida el 02 de diciembre de 2019, sobre casos fortuitos o de fuerza mayor. De esta manera, Dirección de Docencia de la Universidad de Concepción ha trabajado en un plan de acción que permitirá dar cumplimiento de la totalidad del Programa de Asignatura, sin que el Perfil de Egreso se vea afectado.
Documentos
Presentación Adecuaciones Curriculares
Matriz de Adecuación Curricular
Material
Finalidad de los lineamientos y orientaciones para la adecuación curricular
Fundamentos de la adecuación curricular
Consideraciones generales para la adecuación curricular de los Resultados de Aprendizaje
Las asignaturas
Resultados de aprendizaje
Syllabus
Situaciones de fuerza mayor
Consideraciones para la adecuación de la metodología
Consideraciones para la adecuación de la evaluación
Preguntas frecuentes
¿Qué es adecuación curricular?
Adaptación de los aspectos curriculares declarados en los planes de estudio en condiciones diferentes a las originales, sin alterar los resultados de aprendizaje y competencias que allí se definen.
¿Quién decide implementar un procedimiento de adecuación curricular?
Es una decisión institucional que permite responder a la necesidad de planificar el segundo semestre del año en curso en el contexto de virtualidad, cumpliendo con los lineamientos de la Superintendencia de Educación Superior.
¿Por qué es necesario realizar el proceso de adecuación curricular?
Para garantizar la implementación de los programas de estudio y el logro de las competencias declaradas en los perfiles de egreso.
¿Cuándo se hace?
En situación de excepcionalidad y de fuerza mayor, donde la continuidad de la docencia presencial no es posible.
¿Qué es caso fortuito o de fuerza mayor?
“Se trata de un hecho imprevisible, irresistible y que no puede imputarse a las Instituciones de Educación Superior (IES), impidiéndoles en diversos casos a éstas, de forma excepcional y temporal, cumplir con su obligación de prestar los servicios educacionales en la forma, condiciones y términos en que fueron originalmente ofrecidos (Artículo 45 del Código Civil, referidos a la circular N°1 del 2019)”.
¿Quiénes participan?
Todo el cuerpo académico. Cada docente es responsable de la adecuación de sus programas de asignaturas, en concordancia con los requerimientos de los consejos de carrera correspondientes.
¿Cuál es rol de los docentes en este proceso?
Deben evaluar sus programas de asignaturas para decidir qué es necesario reformular y adecuar en ellos, con el propósito de generar las condiciones necesarias para el aprendizaje de sus estudiantes.
¿Por cuánto tiempo se debe mantener esta adecuación?
La Universidad de Concepción ha definido el segundo semestre 2020 en modalidad no presencial, comprendiendo el escenario de excepcionalidad declarado por la autoridad sanitaria y de gobierno.
¿Esta adecuación garantiza el cumplimiento de las competencias de egreso de las y los estudiantes?
Sí, porque estas adecuaciones no alteran el perfil ni las competencias de egreso de un plan de estudio definido. Solo es posible la reorganización de los resultados de aprendizaje, las estrategias didácticas y evaluativas, los recursos de aprendizaje y la distribución de los tiempos.
¿Quiénes autorizan las modificaciones en los programas de asignatura?
Los equipos directivos de cada unidad académica, respaldados por los lineamientos entregados por la Dirección de Docencia.
¿Qué ocurre en el caso de que no se puedan desarrollar todos los RA en este momento?
Si no es posible desarrollar todos los Resultados de Aprendizaje durante el segundo semestre, el consejo de carrera, en conjunto con otras autoridades académicas, evaluarán su reubicación temporal.
¿Todas las asignaturas de un plan de estudios deben tener una adecuación curricular?
No. Estos cambios están pensados para aquellas asignaturas que no pueden ser desarrolladas de acuerdo a su planificación original, consignándolos en el documento “Matriz de adecuación curricular”.
¿Qué se puede hacer con los Resultados de Aprendizaje (RA)?
Adelantar, fusionar, retrasar (tener en consideración la carga académica posterior), volver a redactar cautelando el nivel de progresión en que se debe evidenciar.
¿Por qué esta adecuación no se realiza solo en el syllabus y hay que hacer una procedimiento formal como la adecuación curricular?
Porque el syllabus no es el instrumento para intervenir los RA, sino que es para planificar la docencia con los RA ya definidos en el programa de asignatura. Es importante señalar que si bien es un procedimiento formal, no se trata de una modificación mayor ya es una respuesta requerida por la Superintendencia de Educación Superior, respecto a cómo se van a garantizar los aprendizajes.
¿Qué hacer cuando no se cumplen todos los RA antes de ir a la práctica profesional? ¿Se puede cursar paralelamente una asignatura electiva mientras se hace la práctica profesional?
El levantamiento de prerrequisitos depende de las Vicedecanaturas. Si fuera necesario, es posible cursar una asignatura paralela.
¿La participación en el curso de Adecuaciones Curriculares requiere invitación por parte del Decano/a a sus docentes?
Dirección de Docencia publica permanentemente la oferta de cursos por correo electrónico y en la página Docentes en línea, además se puede acceder directamente al Sistema de Gestión del Perfeccionamiento Docente para inscribirse. Si la autoridad de la facultad estima necesario puede reforzar la importancia de participar.
¿Quién recoge la información de las adecuaciones curriculares para las asignaturas que un departamento dicta para otra carrera de otra facultad?
El mecanismo interno entre facultades es definido por los vicedecanos/as respectivos. Lo importante es que ese mecanismo debe contemplar el acuerdo de la carrera de origen donde se dicta la asignatura.
¿Qué pasa con las asignaturas complementarias que tienen estudiantes de diferentes carreras. ¿Cómo se hace? ¿A quién se envía? ¿Cómo se puede coordinar con otras facultades?
La dependencia de donde se origina la asignatura debe visar esa adecuación, siendo una asignatura complementaria (por tanto no obligatoria en un plan de estudio) no necesita consultar a las carreras, a no ser que se dicte para grupos de carreras específicas y allí la coordinación debiera darse con las jefaturas de carrera.
Para el trabajo sobre la matriz de adecuación se ha indicado ajustar la docencia online considerando todo el trabajo que hará el/la estudiante ¿Es posible ajustar las horas directas e indirectas sin afectar los SCT?
Es posible reorganizar las horas directas e indirectas del programa sin afectar los SCT, manteniendo el equilibrio en la carga académica.
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